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ARRENDAMIENTO

Arrendamiento

Puro

El pago mensual se ve reflejado en tu costo y acorde a tu alta en hacienda puedes obtener ahorros fiscales los cuales son ideales a perfiles como persona física con actividad empresarial, y o profesional así como pequeñas y medianas empresas.

Simple
Rápido
Deducible

¿Por qué nosotros?

1

Vehículos
Certificados

Contractualmente necesitamos que vayas a servicio 

2

Especialistas

Realizamos un traje a la medida según tus necesidades 

3

Geolocalización

Tus unidades siempre serán localizables  y a partir de 3 vehículos tu puedes ejercer los parámetros de monitoreo 

4

Seguros

Desde el inicio hasta tú próxima renovación siempre estás cubierto 

5

Mantenimiento

Fácil

programación y con facilidad de pago

Ancla 1

¿Por qué debo arrendar? 

NUESTRA ESTRUCTURA

En 123Lease buscamos que nuestros clientes cuenten con los servicios del

arrendamiento puro: renta, seguro y administración de unidad, que a su vez, les

permitan obtener el mayor beneficio posible que expresa la Ley del ISR en su

Art. 28 fracción XIII.

Personas Morales y PFAE

Podrán explotar los beneficios contables y las ventajas operativas, lo que les

permitirá enfocarse en su negocio, ayudándoles a mantener sus flotas

operativas, reducir costos de mantenimiento y maximizar productividad.

Esto se logra Equilibrando

  • Desembolso inicial

  • Pago Mensual

  • Periodo de Renovación

LO PUEDES COMPRAR, LO PUEDES FINANCIAR. LO MEJOR ES ARRENDAR

Ya que si esta interesado en obtener el máximo escudo fiscal, el Arrendamiento Puro de 123LEASE es su opción idónea de contratación; en comparativo

VS CONTADO

El vehículo se factura a tu nombre y queda en tu propiedad

Las inversiones en automóviles sólo serán deducibles hasta por:

Vehículos a gasolina, el valor factura tope es de $175,000.00 pesos sin IVA.

Vehículos de baterías recargables, eléctricos, con motor a hidrogeno o híbridos, el valor factura tope es de $250,000.00 pesos sin IVA.

 

Estos montos podrán deducirse en un periodo de 48 meses por concepto de

depreciación.

VS CREDITO

La unidad será facturada a tu nombre y queda en tu propiedad sólo que

deberás de endosarla a un tercero ente financiero que presta el capital.

 

Por lo anterior, sólo se podrá deducir la parte correspondiente a los intereses por el crédito tomando las limitantes explicadas en la parte de contado.

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ARRENDAMIENTO PURO

La unidad es propiedad de la arrendadora con quien establecerás un contrato para el préstamo del vehículo por un lapso y condiciones acordadas.

Lo anterior te beneficia que sea considerado un gasto, para ti que pagas impuestos, el cual impacta en tu base para determinar cuánto deberás declarar ante hacienda.

SERVICIOS CONTRATADOS MENSUALMENTE

El cliente a lo largo del plazo recibirá 3 servicios, mismos que se le facturaránmes a mes posteriores al pago.

RENTA

Cobro por el uso y goce de la unidad *Cubre el uso por los siguientes 30 días

SEGURO

Pago por la protección del vehículo contra robo y daños Tu unidad está

asegurada por el plazo contratado

MANTENIMIENTO

GPS, Administración de Flota, Seguimiento a mantenimientos, Asesoría en Trámite

DEDUCIBILIDAD

La deducibilidad depende del vehículo, el precio, el plazo, el desembolso inicial

y el monto del concepto Renta.

 

Principalmente, al cambiar alguna de estas variables podemos lograr que los

pagos logren porcentajes diferentes de deducibilidad.

La ley del ISR limita la deducción fiscal en base al concepto RENTA.

Los límites fiscales estipulados para la Renta en la Ley del ISR son:

 

  • Para autos a gasolina: $200.00 pesos diarios sin IVA

  • Para autos híbridos y eléctricos: $285.00 pesos diarios sin IVA

  • Para vehículos de trabajo: 100% del pago

¿CÓMO DETERMINO LA DEDUCIBILIDAD

DE MI ARRENDAMIENTO PURO?

Todos los gastos generados del arrendamiento tendrán el mismo % de deducibilidad que su Renta:

  • Combustibles

  • Seguros

  • Mantenimientos

  • Tramites

  • Gastos en General

*Límite Mensual: multiplicar el monto diario por 365 días y dividir el resultado entre 12 meses

BENEFICIO FISCAL DEL

ARRENDAMIENTO PURO

1

% Deducibilidad* = Límite Fiscal / Renta sin IVA

2

ISR = (Erogación TOTAL** – IVA)

x Tasa ISR aplicable x Deducibilidad

3

IVA = (IVA Pagos Mensuales + IVA Desembolso Inicial)

x Deducibilidad

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Arrendar te brindará el máximo beneficio

*    Máximo 1.0 (100%) **  Desembolso Inicial + (Pagos Mensuales x Plazo). *** La aplicación del beneficio depende del esquema fiscal de cada cliente

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Completa tus datos y te contactaremos brevemente

Para continuar con tu proceso; podrá ser contactado por alguno de nuestros ejecutivos del área digital
Jose Martínez o Johana Lopez

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